La magistratura determinó que el ataque no se dirigió contra un objetivo militar que dejó civiles heridos que gozaban de protección a la luz del DIH
Según una resolución de la SAI, el atentado ocurrido se clasifica como crimen de guerra y violación al Derecho Internacional Humanitario .La decisión se tomó luego de estudiar el caso de dos coautores del hecho que dejó 36 personas muertas y 158 heridas.el ataque no se dirigió contra un objetivo militar, sino en contra de un club social y empresarial.
“En la decisión, la magistratura de la JEP analizó los principios de distinción y precaución que entre otras cosas indican que: “las partes en conflicto deberán distinguir en todo momento entre personas civiles y combatientes. Los ataques solo podrán dirigirse contra combatientes. Los civiles no deben ser atacados”, confirma el comuniado de la Jurisdicción.
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