Columna de opinión de José Félix Lafaurie
Con la firma del Acuerdo 28 sobre el proceso de participación de la sociedad, concluyó otra ronda de diálogos con el ELN y también el punto 1 de la Agenda, cuyo objetivo era el “diseño” de dicho proceso por parte del Comité Nacional de Participación.
En efecto, el Acuerdo 28 no incluyó esa pretendida condición vinculante a partir de “la toma de decisiones de las y los participantes…”, dejando claro que las comunidades proponen, pero la Mesa dispone; como propuse y quedó en el Acuerdo 9 de Participación.
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